Los hechos se remontan al pasado mes de enero de este año cuando fue interceptado e identificado por la Guardia Civil de Fabero conduciendo sin haber obtenido nunca el permiso de circulación
La Audiencia Provincial ha condenado a pena de siete meses y quince días de prisión tras haber sido pillado conduciendo sin carnet, por quinta vez, en esta ocasión en Fabero. El hombre solicitaba en un recurso interpuesto ante la Audiencia Provincial, que ha sido desestimado, que le conmutaran la pena por 32 días de trabajos en beneficio de la comunidad.
Los hechos sucedieron en la mañana del día 18 de enero de 2024 cuando el procesado conducía por el punto kilométrico 27 900 de la carretera LE-711, a la altura del término municipal de Fabero cuando fue interceptado e identificado por agentes de la Guardia Civil que comprobaron que no contaba con permiso de conducir por no haberlo obtenido nunca.
Esta sería la quinta ocasión que el hombre resulta condenado ya que acumula varias sentencias firmes. El 1 de junio de 2023 era condenado por la Audiencia Provincial de La Coruña, por un delito contra la seguridad vial por la conducción de un vehículo a motor careciendo de permiso, por lo que se le impuso la pena de cuatro meses y dieciséis días de prisión.
Además fue condenado por sentencia firme también en de mayo de 2023 por el Juzgado de Instrucción número 2 de Ponferrada, de nuevo como responsable de un delito contra la seguridad vial por la conducción de un vehículo a motor careciendo de permiso de conducir, por lo que se le impuso en ese momento la pena de noventa y dos días de prisión
En la misma línea, figura la sentencia firme de fecha 7 de febrero de 2022 del Juzgado de lo Penal La Coruña, que lo sitúa como autor responsable de un delito contra la seguridad vial por la conducción de un vehículo a motor sin estar en posesión de permiso. Esta sentencia le costó la pena de noventa días de trabajos en beneficio de la comunidad.
Asimismo, en 2021 fue condenado por sentencia firme en un juzgado de Benavente, de nuevo como responsable de un delito contra la seguridad vial por la conducción de un vehículo a motor sin permiso, por lo que se le impuso treinta y dos días de trabajos en beneficio de la comunidad.
Desde la Sección Tercera de la Audiencia alegan para desestimar el recurso presentado que "con anterioridad se le impuso pena de trabajos en beneficio de la comunidad, y no han causado ningún efecto en el acusado". Aseguran que "no ha interiorizado la reprochabilidad de su conducta, y entendemos que es correcto el criterio del Juez, de optar por pena privativa de libertad", por lo que se rechaza su recurso.
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