El Ministerio de Sanidad asegura que “no cabe” la posibilidad de restringir la libre circulación en horario nocturno a partir de las 20 horas ya que esa posibilidad no aparece contemplada en el marco del actual decreto del estado de alarma, que sí recoge el toque de queda entre las 23 horas y las seis de la mañana, con la posibilidad de iniciarlo en una horquilla de una hora anterior o posterior.
Así lo informaron fuentes de la Delegación del Gobierno de Castilla y León después de que la Junta anunciara este mediodía el adelanto del toque de queda a partir de las 20 horas desde la jornada de mañana, en la que también entraría en vigor la perimetración de las provincias de la Comunidad.
De la misma forma, desde la Delegación del Gobierno se recordó que el artículo 10 del real decreto del estado de alarma establece la obligación de comunicar “previamente” al Ministerio de Sanidad las medidas que dicta el presidente de cada Comunidad como autoridad delegada.
¿Qué dice el Real Decreto?... Es muy claro
Poco comprensible el anuncio del vicepresidente de la Junta de Castilla y León, pues que el Real Decreto que regula el estado de alarma y el toque de queda es claro, con exactitud en el caso de la restricción horaria. Un 'patinazo' por tanto de Francisco Igea, quien empieza a balancearse en un fino hilo en sus declaraciones.