A juicio el alcalde de Barjas y la secretaria por registrar presuntamente bienes inmuebles a nombre del Ayuntamiento

El alcalde de Barjas, Alfredo de Arriba, y la secretaria municipal se sentarán en el banquillo los próximos 23 y 24 de septiembre acusado de prevaricación por un grupo de vecinos.

19 de Septiembre de 2024
Actualizado: 19 de Septiembre de 2024 a las 12:42
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Alcalde Barjas
Alcalde Barjas

El alcalde de Barjas, Alfredo de Arriba, y la secretaria municipal se sentarán en el banquillo los próximos 23 y 24 de septiembre acusado de prevaricación por un grupo de vecinos.

El regidor y la secretaria municipal A.E.G.S. están acusadon de un delito de prevaricación administrativa por la Fiscalía y nueve vecinos. Los denunciantes piden para los acusados la pena de inhabilitación
especial para empleo y cargo público, y la pena de inhabilitación especial para ejercicio del derecho de sufragio pasivo, por tiempo de doce años.

El alcalde de Barjas, Alfredo Arriba
El alcalde de Barjas, Alfredo Arriba

 

Sobre los hechos que se remiten al 18 de julio de 2020, la Fiscalía indicaba en las conclusiones provisionales que el alcalde acordó de oficio iniciar un procedimiento de potestad de investigación a fin de resolver la  titularidad de unos inmuebles de la localidad de Barjas, disponiendo que por la Secretaria se emitiera informe sobre la legislación aplicable y el procedimiento a seguir.

De esta manera, se acordó por el pleno en sesión extraordinaria el día 13 de julio de 2020, la incoación de expediente de investigación de la titularidad de bienes inmuebles, publicándose dicho acuerdo en el BOP ese mismo día. A pesar de las alegaciones presentadas por nueve interesados, adjuntando documentos acreditativos de la titularidad de tales inmuebles en la localidad. El acusado actuando como alcalde firmó una providencia en fecha 6 de agosto de 2020, acordando recabar informe de los servicios técnicos.

Posteriormente la secretaria municipal, en fecha 27 de noviembre de 2020, a sabiendas de la ilegalidad, firmo un informe­propuesta, en su condición de Secretaria Habilitada del Ayto. de Barjas, en el que propone que deben ser desestimadas las alegaciones formuladas por los interesados, por los motivos expresados en el informe técnico, (que no son otros que un arquitecto técnico llega a concluir que revisada la documentación presentada por los interesados no son justificativos de la titularidad de la propiedad y que los inmuebles no se
encuentras inscritos en el Registro de la Propiedad a favor de esas personas).

Barjas
Barjas

 

A continuación, a sabiendas de la ilegalidad, el acusado como alcalde convocó el día 29 de noviembre de 2020, sesión extraordinaria del Pleno, y llevar al mismo la resolución del expediente de investigación de titularidad de bienes, y en base a informes técnicos y al informe propuesta de la secretaria, consiguió manipular la voluntad del Pleno, que por mayoría acordó “ declarar que el Ayuntamiento de Barjas viene haciendo uso pacíficamente desde hace más de 20 años, de los inmuebles situados en la localidad de Barrosas, ello a pesar de existir oposición formulada por 9 vecinos, para a continuación acordar reflejar en la ratificación anual del Libro Inventario de Bienes de la Corporación la anotación de dichos bienes, en lugar de acudir al procedimiento civil contradictorio correspondiente.

Por todo ello, los denunciantes consideran que los hechos anteriormente descritos son constitutivos de un delito de prevaricación administrativa, previsto y penado en el art.404 del Código Penal y piden Procede imponer a cada uno de los acusados la pena de inhabilitación especial para empleo y cargo público, y la pena de inhabilitación especial para ejercicio del derecho de sufragio pasivo, por tiempo de doce años. Asimismo, piden que se declare la nulidad del acuerdo de fecha 29 de noviembre de 2020, por el cual se declara que el Ayuntamiento de Barjas viene haciendo uso pacíficamente desde hace más de 20 años, de los inmuebles situados en la localidad de Barrosas,

El juzgado emitió en su parte dispositiva que declaraba a la Audiencia Provincial de León como órgano competente del fallo judicial y se declara la apertura de juicio oral contra el alcalde y su scretaria. El juicio se celebrará a las 9:30 horas el 23 y 24 de septiembre.

 

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