El Boletín Oficial de Castilla y León ha dado la luz verde ambiental este martes a Cementos Cosmos para la incorporación de CDR (combustible derivado de residuos) y a sus instalaciones procedentes en la planta de Toral de los Vados. El cambio notificado se refiere a la incorporación de CDR (combustible derivado de residuos) al precalcinador y nuevas instalaciones para almacenamiento y dosificación de CDR al quemador principal, justificando el carácter no sustancial de la modificación

Según la Junta, la línea del horno está en condiciones de sustituir más combustibles fósiles por combustibles alternativos, con un factor de emisión de gases de efecto invernadero inferior, reduciendo de este modo las emisiones de CO2 ligadas a la fabricación del clínker.
La modificación prevista no supone un incremento en la cantidad total de CDR autorizada para su uso como combustible alternativo en el horno de clínker, sino que implica un cambio en la distribución de combustible entre los dos puntos de inyección existentes en el horno (quemador principal y precalcinador). Para poder emplear CDR en el precalcinador se precisa ampliar las instalaciones de almacenamiento y dosificación. Se plantea montar una nueva instalación de almacenamiento y dosificación para alimentar el CDR en el quemador principal y utilizar el almacenamiento y sistema de dosificación actual para llevar el CDR al precalcinador. Las nuevas instalaciones incluidas en la modificación propuesta se situarán cerca del horno, para minimizar el tamaño de los equipos involucrados en el transporte y sus consumos.
No solo eso, sino que las nuevas prácticas tendrán una incidencia positiva. Con la modificación no sustancial MNS 16, la línea del horno está en condiciones de sustituir más combustibles fósiles por combustibles alternativos, con un factor de emisión de gases de efecto invernadero inferior, reduciendo de este modo las emisiones de CO2 ligadas a la fabricación del clínker. Por otra parte, según lo estipulado en el apartado 2 del aludido artículo 14, la Junta considera como no sustancial la modificación establecida porque no modifica o aumenta las emisiones de la planta de Cosmos.
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