
En la Sentencia dictada el pasado 13 de julio por el Juzgado nº 2 de Ponferrada se declara la nulidad de la orden de compra de cuotas participativas emitidas por la Caja de Ahorros del Mediterráneo, condenando al Banco de Sabadell (sucesor de la C.A.M.) a la restitución del capital invertido y al pago de costas.
La emisión de estas cuotas permite a estas entidades, reforzar sus balances y captar capital. Precisamente en julio de 2008, la CAM se convirtió en la primera caja de ahorros en emitir estas cuotas participativas, que vendieron entre sus clientes y a sus empleados.
El 22 de julio de 2011 la Caja del Mediterraneo fue intervenida -nacionalizada- por el Banco de España, que cesó a los administradores de la entidad para auditarla, recapitalizarla y abrir un proceso de subasta para su adjudicación.
El 7 de diciembre de 2011, se anunció la adjudicación a Banco Sabadell por el precio simbólico de un euro tras unas ayudas de 5.249 millones de euros del Fondo de
Garantía de Depósitos (FGD) a través de ampliaciones de capital.
Desde entonces este cliente, que había invertido algo más de 3.000 euros en este producto, solicitó a la entidad la supresión de las acciones participativas, depositando escritos en la oficina central de Ponferrada "que en ningún caso fueron atendidas" obligando a la afecetado a emprender la vía judicial, que ha seguido el despacho de letrados IRAGO, a través del abogado Marco Morala.
En la capital berciana existen otro medio centenar de personas afectadas por esta misma contratación de paquetes de productos financieros calificados como 'tóxicos'.