La Audiencia Provincial de León ha citado al empresario, que en un plazo de diez días tendrá que ingresar en prisión para cumplir cinco años y diez meses de pena por la explotación sin licencia de Nueva Julia y El Feixolín. La citación llega después de que el Tribunal Supremo le haya negado el último recurso en el que Victorino Alonso había pedido un indulto al Ministerio de Justicia. Además de la pena, el empresario tendrá que asumir el pago de 25 millones que aún están por abonar.
La presencia del empresario en la Audiencia Provincial no era necesaria en un primer momento, pero debido a que se realizaron varios intentos fallidos para entregarle la documentación en su domicilio, ahora Victorino Alonso tendrá que presentarse en la institución leonesa para determinar el centro penitenciario en el que cumplirá la pena.
El recurso negado
El último recurso presentado por Victorino ha sido negado debido a que según el auto del Supremo del pasado 27 de junio, "el incidente de nulidad no puede convertirse en un replanteamiento de cuestiones ya debatidas y solventadas, procede no haber lugar a su estimación". De manera que al empresario leonés se le han acabado los recursos para intentar eludir la prisión.
Los tres magistrados de la sala encargados del recurso presentado consideraron que una suspensión de la pena tiene que obedecer situaciones en las que pueda vulnerar el derecho a un proceso sin dilaciones indebidas o que mantener la pena pueda frustrar el indulto que pudiera conceder el poder el Ejecutivo, ninguna de estas condiciciones se cumple este caso.
Razonamiento de los jueces
La Audiencia Provincial de León ha denegado la petición de suspensión de la pena solicitada por el empresario Victorino Alonso quien pretendía evitar su entrada en prisión hasta conocer la respuesta a la petición de indulto que ha planteado al Ministerio de Justicia.
Los tres magistrados de la sala consideran que la suspensión de la pena debe obedecer a situaciones en las que pueda vulnerar el derecho a un proceso sin dilaciones indebidas o que mantener la pena pueda frustrar el indulto que pudiera conceder el poder el Ejecutivo, dos cuestiones que, según el auto, no se dan en este caso.
Además, los tres magistrados entienden que el interés público 'debe primar sobre el carácter excepcional de la petición' y ese interés, aseguran, reclama que las resoluciones judiciales de carácter firme se cumplan y, por tanto, sus condenas. Además, teniendo en cuenta la sentencia de 4 años de cárcel por delito medio ambiental en la explotación a cielo abierto de Nueva Julia en Cabrillanes más los antecedentes que ya tiene el empresario, hacen que los magistrado crean que el pronóstico criminal para Alonso 'no va a ser favorable a la concesión del indulto solicitado, o cuya probabilidad es mínima', explican en el auto.