El Bocyl publica este lunes la ley que blinda los servicios públicos esenciales de la Comunidad

La ley, que entra en vigor tras su publicación en el Bocyl, establece mecanismos para la supresión de servicios y garantiza el mantenimiento de unidades escolares con un mínimo de tres alumnos

ICAL
22 de Septiembre de 2024
Actualizado: 22 de Septiembre de 2024 a las 19:32
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El Bocyl publica este lunes la ley que blinda los servicios públicos esenciales de la Comunidad
El Bocyl publica este lunes la ley que blinda los servicios públicos esenciales de la Comunidad

El Boletín Oficial de Castilla y León (Bocyl) publica mañana lunes la Ley por la que se garantiza la prestación de los servicios autonómicos esenciales en la Comunidad, conocida como de blindaje, impulsada por el Grupo Popular y aprobada en el último pleno de las Cortes.

Alfonso Fernández Mañueco en el pleno de las Cortes
El Bocyl publica este lunes la ley que blinda los servicios públicos esenciales de la Comunidad 

 

Así lo avanza esta tarde el presidente de la Junta de Castilla y León, Alfonso Fernández Mañueco, a través de un mensaje escrito en su red social de X (antes Twitter) en el que afirma que la educación, la sanidad y los servicios sociales estarán protegidos por Ley, garantizando su prestación en igualdad y calidad.

 

 

Esta ley es uno de los compromisos de su discurso de investidura que se presentó en forma de Proposición de Ley del Grupo Popular el pasado 9 de octubre y que se aprobó en el primer pleno de este periodo de sesiones que comenzó en septiembre, con el voto a favor de PP y Vox, pero en contra de toda la oposición.

Según recoge la ley, su finalidad es garantizar a los ciudadanos el acceso en condiciones de igualdad a la prestación en el territorio de los servicios públicos de asistencia sanitaria, educación y servicios sociales.

Contempla que la propuesta de supresión de un servicio se elevará al Consejo de Gobierno para su remisión a las Cortes de Castilla y León como una Comunicación de la Junta de Castilla y León para su debate. Tras el resultado de la votación, la Junta decidirá, mediante acuerdo, sobre la supresión del centro o zona.

En cuanto a la frecuencia de consulta en el núcleo donde no radique el centro de salud, se establece a la demanda en las localidades de menos de 50 habitantes; un día a la semana hasta los 100 habitantes; dos días a la semana hasta 200 vecinos; tres días a la semana hasta 500 tarjetas; consulta diaria de lunes a viernes en núcleos de más de 500 habitantes.

También se garantiza el mantenimiento de las unidades escolares, mientras haya, al menos, tres alumnos. Respecto de su supresión, no podrá acordarse hasta que no hayan transcurrido, al menos, dos cursos escolares sin actividad educativa por insuficiencia de alumnado.

En la prestación zonificada de los servicios sociales esenciales, en el ámbito rural, la ley recoge que se mantendrán las prestaciones del catálogo de servicios sociales de Castilla y León en cada zona de acción social, así como el volumen de financiación a las entidades locales competentes para el mantenimiento de los equipos y servicios públicos en cada zona de acción social al momento de su entrada en vigor.