Condenado un cirujano de Valladolid a indemnizar con 93.000 euros por “graves daños” a un paciente en la extirpación innecesaria de un pólipo en el colon

El Juzgado de Primera Instancia número 12 de Valladolid dictó una sentencia en la que condena a un cirujano a indemnizar con 93.358 euros a un paciente por los “graves daños” sufridos a consecuencia de una actuación médica “negligente”

ICAL
19 de Febrero de 2025
Actualizado: 19 de Febrero de 2025 a las 13:45
Guardar
juzgados valladolid
juzgados valladolid

El Juzgado de Primera Instancia número 12 de Valladolid dictó una sentencia en la que condena a un cirujano a indemnizar con 93.358 euros a un paciente -también médico de profesión-, por los “graves daños” sufridos a consecuencia de una actuación médica “negligente”, tras una intervención quirúrgica “innecesaria y ejecutada sin el debido consentimiento informado”. La sentencia, a la que tuvo acceso Ical, señala que el doctor realizó una cirugía “desproporcionada y evitable, ocasionando graves secuelas físicas y psíquicas al paciente”. La defensa del caso ha sido ejercida por el abogado Santiago Díez, de los Servicios Jurídicos de la Asociación ‘El Defensor del Paciente’.

Los hechos se remontan al 1 de marzo de 2021, cuando el enfermo, de 71 años en el momento de los hechos y tras ser tratado en la consulta privada en Valladolid del cirujano condenado, se sometió a una intervención quirúrgica laparoscópica para la extirpación de un pólipo benigno en colon ascendente, previamente diagnosticado mediante colonoscopia.

Sin embargo, la operación derivó en complicaciones graves debido a un “error en el diagnóstico endoscópico previo” y a una actuación de cirugía abierta “desproporcionada”. La sentencia establece que la cirugía “no era necesaria”, ya que el pólipo, de pequeño tamaño (0,9 centímetros) y benigno “podía haberse tratado con resección endoscópica o seguimiento colonoscópico”.

operacion quirofano 2
Imagen de archivo de un quirofáno

 

Además, el cirujano amplió y cambió la intervención, pasando de laparoscópica a cirugía abierta “sin justificación”, al no encontrar el pólipo, “resecando dos tercios del intestino grueso, sin contar con pruebas suficientes ni recabar el consentimiento del paciente o de sus familiares”. “Lo más grave es que, al no encontrar el pólipo en la ubicación inicialmente señalada, en lugar de detenerse y realizar nuevas pruebas diagnósticas, optó por una cirugía abierta excesiva e injustificada, que resultó en una extirpación mayor del intestino y graves secuelas irreversibles”, apuntó.

De manera “totalmente injustificada” resecó el colon ascendente y transverso, “sin pruebas que lo justificaran, aumentando así el riesgo quirúrgico y generando secuelas graves e irreversibles para el paciente”.

La decisión de seguir cortando sin sentido el intestino del paciente anestesiado, sin una nueva verificación médica, “resultó en un daño irreparable para el paciente”. Entre las consecuencias de esta actuación, el paciente sufrió la amputación de colon ascendente y transverso, con trastorno funcional, dos hernias periumbilicales, un trastorno de estrés postraumático, cicatrices abdominales innecesarias y alteraciones intestinales persistentes. Además, permaneció de baja durante más de 14 meses debido a las complicaciones derivadas de la cirugía.

juzgados violacion mentira valladolid
Juzgados de Valladolid

 

Fallo judicial

El magistrado concluyó que la actuación del cirujano no se ajustó a la Lex Artis médica y que la falta de consentimiento informado constituye un “grave incumplimiento” de los derechos del paciente. La sentencia desestima la responsabilidad del endoscopista, aunque reconoce que su diagnóstico previo fue erróneo en la localización y tamaño del pólipo, lo que influyó en la decisión quirúrgica posterior.

Al respecto, el abogado Santiago Díez, director de SDS Legal Abogados de Valladolid, y adscrito a los Servicios Jurídicos de la Asociación ‘El Defensor del Paciente’, manifestó que “esta sentencia supone un importante reconocimiento del derecho de los pacientes a ser informados de manera adecuada antes de cualquier intervención médica”. A su juicio, en este caso, el cirujano “actuó de forma unilateral, adoptando una decisión que implicaba graves consecuencias, de las que tenía que haber informado al paciente”; y, en todo caso, “comprobar la localización de ese pólipo antes de ampliar la cirugía de resección, dado que esa decisión implicaba importantes repercusiones para el paciente”. “La actuación del cirujano fue precipitada, invasiva y con consecuencias devastadores para la salud de mi cliente”, aseveró.

Por otra parte, la presidenta de la Asociación ‘El Defensor del Paciente’, Carmen Flores, advirtió de que “este fallo evidencia la necesidad de reforzar los protocolos de información y consentimiento en la práctica médica”. “No podemos permitir que errores de este tipo sigan ocurriendo y comprometan la salud de los pacientes de manera irreversible”, argumentó. Con esta resolución, la organización confía en que “se refuercen las garantías de los pacientes en el ámbito sanitario, asegurando que las decisiones médicas se adopten con el conocimiento y consentimiento debidos”.

 

Entérate de las últimas noticias y avisos importantes haciéndote seguidor de nuestro canal en WhatsApp. Entra en este enlace y activa las notificaciones del Canal

¿Has sido testigo de algún suceso o accidente? Tu foto o video tienen valor para nosotros (€). Accede al Cuestionario de envío (sólo para cuando ocurre) y Condiciones