La Fiscalía de Ponferrada pide para cada uno de los acusados 9 años de cárcel por el delito de estafa y delito de insolvencia punible y para sus empresas Construcciones Metálicas Carlos SL y Arbo Complementos de la Construcción SL, por el delito de insolvencia punible y enaplicación de 6 meses con una multa diaria de 30 euros.
La Fiscalía de Ponferrada juzga el próximo 4 y 5 de noviembre a las 9:30 horas a una pareja acusada de fraude de subvenciones y estafa contra la Administración Pública por solicitar una subvención para la empresa Construcciones Metálicas Carlos SL y derivar los fondos "a otros pagos de carácter personal".
El escrito de calificación expone que el día 3 de diciembre de 2009 y a través de la entidad Construcciones Metálicas Carlos SL, el acusado "con perfecto conocimiento y consentimiento también de la acusada, su pareja, con la intención común de obtener un beneficio económico ilegítimo, y aportando un proyecto para ello que sabían desde el primer momento que no iban a llevar cabo y que servía sólo para engañar a la Administración Pública, solicitó un préstamo subvencionado reembolsable ante el en aquellas fechas denominado Ministerio de Industria, Turismo y Comercio".
De este modo, la Administración, abonó en una cuenta bancaria titularidad de la sociedad Construcciones Metálicas Carlos SL la cantidad de 1.200.000 euros. Dicho préstamo fue concedido bajo la condición de que estos fondos fueran destinados a los gastos del proyecto de inversión presentado por la entidad antes aludido, en concreto el proyecto “Nueva Planta Industrial de Fabricación Tecnológica de Componentes Metálicos”, por el que se concedió el mentado préstamo y con la expresa advertencia de que la falta de justificación de los gastos y pagos daría lugar al reintegro del préstamo con la imposición de las sanciones pertinentes.
A pesar de ello, los acusados, "con el propósito inicial e ilícito de no cumplir los requisitos de la concesión del préstamo, no destinaron las cantidades señaladas al fin por el que le fueron concedidas, derivándolas a propósito a otros pagos de carácter personal y diferente al objetivo inicial, y además dejaron de integrar las cantidades a las que estaban obligados".
En un momento inicial el mismo día 15 de septiembre de 2010 dispusieron de 89.319,35 euros a favor de Impulso Industrial Alternativo SL en concepto de honorarios, y de 1.110.730,99 euros por el concepto traspaso entre cuentas.
Asimismo, el 12 de noviembre de 2010 y desde esa última cuenta antes aludida dispusieron intencionadamente para un fin distinto al que le había sido concedida de una suma total de 970.000 euros que fueron a parar a la cuenta de Arbo Complementos de la Construcción SL así como de 14.000 euros en favor de la propia investigada. .
Posteriormente el Ministerio inició un procedimiento de reintegro de ayuda, dictándose el 17 de abril de 2013 una resolución de reintegro total por incumplimiento de las actuaciones de reindustrialización comprometidas, por importe en aquella fecha de un total de 1.353.369,85 euros, de modo que los acusados no hicieron frente al pago de las mismos ya que en aquella fecha eran insolventes.
Pena de prisión y multas
Por el delito de fraude de subvenciones, y para cada uno de los acusados, la pena de 3 años de prisión y multa de 3 millones de euros, con la responsabilidad personal subsidiaria en caso de impago de 3 meses de prisión, así como pérdida de la posibilidad de obtener subvenciones y ayudas públicas, y para gozar de beneficios e incentivos fiscales o de la Seguridad Social por tiempo de 5 años.
Por el delito de insolvencia punible la pena de 3 años de prisión, y 16 meses de multa con una cuota diaria de 12 euros.
Asimismo, por el delito de estafa la pena de 3 años de prisión y 9 meses de multa con una cuota diaria de 12 euros y por el delito de insolvencia punible la pena de 3 años de cárcel y 16 meses de multa con una cuota diaria de 12 euros.
Respecto de ambas personas jurídicas, Construcciones Metálicas Carlos SL y Arbo Complementos de la Construcción SL, por el delito de insolvencia punible y enaplicación del Art 66 bis del Código Penal, las penas para cada una de ellas son 6 meses de multa con una cuota diaria de 30 euros e inhabilitación para obtener subvenciones y ayudas públicas para contratar en el sector público y para gozar de beneficios e incentivos fiscales de la Seguridad Social por 3 años.
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