La Audiencia Provincial de León juzgará el próximo 3 de diciembre a un hombre por tráfico de drogas en Ponferrada. Los hechos tuvieron lugar en febrero de 2024, cuando el acusado fue interceptado por la Policía Nacional transportando drogas y tras un registro posterior en su vivienda, se incautaron más muestras de sustancias estupefacientes. Estos hechos constituyen un delito de contra la salud pública en su modalidad de tráfico de drogas por el que se enfrenta a cinco años de prisión.
El acusado actuando con ánimo de suministrar a terceros sustancias estupefacientes y de obtener un beneficio patrimonial ilícito, el día 15 de febrero del 2024 sobre las 14 horas abandono su domicilio en coche, en el centro de Ponferrada fue interceptado por los agentes de la Policía Nacional, quienes tras realizar el correspondiente cacheo preventivo, encontraron en el interior de la riñonera que portaba un envoltorio de plástico conteniendo en su interior una sustancia de color blanquecina (cocaína) arrojando un peso de 123 de gramos, además de llevar 190 euros dispuestos en dos billetes de 50 euros, cuatro billetes de 20 euros y dos billetes de 5 euros.
A continuación, el acusado siendo informado de sus derechos y con intervención su de Letrado, se procedió a la entrada y registro de su domicilio, donde se intervinieron por los citados agentes un envoltorio de plástico (cocaína) con un peso de 26,83 gramos; un envoltorio de plástico (cocaína) con un peso de 6,93 gramos; un envoltorio de plástico (cocaína) con un peso de 0,54 gramos; un envoltorio de plástico (MDMA) con un peso de 2,22 gramos; un tarro con cogollos de marihuana; así como 1.170 euros distribuidos en dieciocho billetes de 20 euros, un billete de 10 euros, dieciséis billetes de 50 euros; además de una báscula de precisión, varios recortes de plásticos, y una bolsa de envasado al vacío con restos de cocaína.
Las sustancias antes mencionadas iban a ser destinadas por el acusado para facilitar su entrega a otras personas y así proporcionar su consumo a terceros todo ello a cambio de dinero. Dichas sustancias estupefacientes están incluidas en la Lista I de la Convención única de 1961 sobre estupefacientes, enmendada por el Protocolo de 25 de mayo de 1972, que causan un grave daño a la salud.
Según informe remitido de tasación de drogas por la Policía Nacional se intervinieron un total de 6 muestras:
- Muestra 1º de cocaína con un peso de 120,56 gramos y una riqueza de 80,26%
- Muestra 2º de cocaína con un peso de 25,82 gramos y una riqueza de 80,66%
- Muestra 3º de cocaína con un peso de 6,5 gramos y una riqueza de 87,91%
- Muestra 4º de cocaína con un peso de 0,4 gramos y una riqueza de 89,14%
- Muestra 5º de MDMA con un peso de 0,98 gramos y una riqueza de 73,54%
- Muestra 6º de cannabis con un peso de 26,02 gramos y una riqueza de 14,8%.
Según informe de tasación de drogas por la Policía Nacional la sustancia total de cocaína intervenida tiene una masa neta de 153,28 gramos, ascendiendo según valor total en el mercado ilícito a 15.926,99 euros si fuera vendida por gramos, y 38.741 euros si fuera vendida por dosis.
Según informe de tasación de drogas por la Policía Nacional la sustancia total de MDMA intervenida tiene una masa neta de 0,98 gramos, ascendiendo según valor total en el mercado ilícito a 48,64 euros si fuera venda por comprimidos.
Según informe de tasación de drogas por la Policía Nacional la sustancia total de cannabis intervenida tiene una masa neta de 26,02 gramos, ascendiendo según valor total en el mercado ilícito a 165,48 euros si fuera vendida por gramos.
El acusado se encuentra en situación de prisión provisional comunicada y sin fianza acordada por auto de 16 de febrero del 2.024 dictado por el Juzgado de Instrucción no 2 de Ponferrada (pieza de situación personal 0000189/2.024).
Así, la Fiscalía procede imponer al acusado la pena de cinco años de prisión e inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena, y la pena de multa de 48.423,33 euros con la responsabilidad personal subsidiaria por impago de multa de un día de privación de libertad por cada 250 euros no satisfechos de conformidad con lo dispuesto en los artículos 53.2 y 3 del Código Penal.
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