Exponerse a impagos, okupaciones y daños por vandalismo es un problema para los miles de arrendadores que tienen sus viviendas en régimen de alquiler. Por eso, resulta fundamental saber cómo puede actuar SEAG en caso de que se produzca alguno o varios de estos supuestos, dado el perjuicio que ocasiona para el propietario del inmueble hacer frente a una situación así.
A qué problemas se puede enfrentar un arrendador
Aunque el alquiler puede ser una fuente de ingresos muy importante para los propietarios de viviendas, es cierto que pueden darse varias situaciones que coloquen en jaque la estabilidad de sus legítimos dueños, tanto financiera como mental. Por eso es tan importante saber a quién acudir en caso de que un inquilino moroso habite la vivienda, y qué pasos seguir para reclamar judicialmente la propiedad.
“El impago de las rentas, la okupación de la vivienda y los daños por vandalismo son tres de los principales problemas a los que se exponen los arrendadores, y que en ocasiones no se producen de manera aislada, sino que confluyen en el espacio y en el tiempo, generando un problema de grandes dimensiones a los legítimos propietarios de esos inmuebles”, subrayan los expertos en el mercado de la vivienda de alquiler.
En estas situaciones, la desesperación puede llevar al arrendador a cometer errores por los que luego tendrá que responder judicialmente. Por eso, es fundamental contar con el debido asesoramiento, para dejar claro que la alternativa más eficaz, rápida y segura de volver a recuperar la casa es a través de la presentación de una reclamación formal en sede judicial.
“Un equipo de abogados especializados en Derecho Inmobiliario tiene la formación, experiencia y capacidad para guiar todos los pasos de los arrendadores que han visto cómo sus inquilinos han incumplido sus contratos vinculantes y necesitan soluciones para volver a recuperar sus propiedades, y estos profesionales son los únicos que cuentan con las herramientas necesarias para guiar en el proceso a los afectados por “inquiokupas” que dejan de abonar las rentas y que pueden, en algunos casos, ocasionar daños por actos vandálicos a las viviendas”, señalan desde SEAG.
Es precisamente la Sociedad Española de Alquiler Garantizado la encargada de trabajar conjuntamente con agencias y propietarios para que los arrendadores vuelvan a ser dueños de sus casas. Lejos de parecerse a un seguro de alquiler, SEAG está enfocada en ofrecer servicios de asesoría jurídica y legal en materia de alquiler, por lo que su trabajo no está supeditado al cumplimiento de unas cláusulas contractuales.
“En SEAG trabajamos para ayudar a los arrendadores afectados por okupaciones e impagos a reclamar por lo judicial la situación en la que está su vivienda okupada. No somos una correduría de seguros, somos un equipo de abogados expertos en Derecho Inmobiliario con los conocimientos y el bagaje que nuestros clientes necesitan”, señalan.
SEAG: servicio integral de asesoría legal y jurídica para arrendadores afectados
Más allá del necesario y vital asesoramiento en materia de vivienda para que los propietarios puedan recuperar a la mayor brevedad sus casas okupadas, SEAG trabaja también en otro frente de manera simultánea: el de mitigar el perjuicio económico que la situación causa a los arrendadores. Para muchos, los ingresos del alquiler son unas rentas necesarias que, además de poder reclamarlas por contrato, resultan vitales para el sustento de otras familias, por lo que, en caso de impago, la situación de vulnerabilidad que viven muchos propietarios los lleva a vivir situaciones críticas a las que hay que dar solución.
“Por eso, en SEAG ponemos en marcha un sistema de compensación de impagos, que permite que el arrendador perciba las cuantías que le corresponden por contrato hasta que la vivienda sea recuperada”, explican. “Es un sistema más flexible que el de cualquier seguro de alquiler, que se pone en marcha sin necesidad de sentencia con un mes de carencia, y que ayuda a paliar el perjuicio ocasionado por el impago en el que han incurrido los inquilinos”, añaden.
SEAG trabaja con varios tipos de garantías de alquiler: garantía indefinida para viviendas, garantía de alquiler seguro para habitaciones, garantías para alquileres temporales y otras prestaciones destinadas a hacer la vida más fácil de los arrendadores.
Hay que tener en cuenta que muchas de las viviendas afectadas pueden haber sido objeto de una reforma reciente, lo que agrava todavía más el problema al impedir los impagos que el propietario recupere la inversión, haciendo más crítica su situación.
Por eso, lo que recomiendan los especialistas como los del equipo de quedecoraciones.com, es apostar por reformar de bajo coste, que sean efectivas pero que no sean costosas sin necesidad. Es una forma de amortiguar la situación financiera en caso de impagos recurrentes o procedimientos de larga duración, si se diese el caso.
“Hay que tener en cuenta que SEAG contempla todos los supuestos, incluso en caso de subarrendamiento, compensando los impagos. En caso de okupación integral del inmueble, aplicarán todos los casos y se ejecutarán las garantías correspondientes”, añaden.
Las garantías tienen en cuenta todo tipo de necesidades, incluyendo asesoramiento legal y jurídico, flexibilidad y rapidez en su puesta en marcha. Además, SEAG pone a disposición del usuario facilidades como el pago fraccionado de la garantía anual, dividiendo su coste en 12 cuotas con un recargo del 0,25% de la renta anual, un recargo idéntico al que tienen las compensaciones por impago de suministros, que se ejecutan hasta los 1.500 € a deber.
En SEAG, nuestras garantías de alquiler seguro buscan paliar los efectos de un inquilino moroso o vándalo ejecutando toda una serie de compensaciones para mitigar los efectos económicos de las rentas impagadas y los desperfectos que, en su caso, hayan ocasionado con dolo. Y todo, mientras ponemos al alcance del afectado todas las herramientas legales disponibles para que pueda reclamar por vía judicial su propiedad y recupere la libertad de disponer de nuevo de su inmueble.