Los excesos de velocidad generan dos de cada tres multas, con 3.056.437 denuncias el año pasado. Las sanciones por esta razón, según la velocidad superada, van de los 100 a los 600 euros, más la retirada de dos a seis puntos en el carné de conducir.
Pero la Guardia Civil ha informado de que los radares dejan un margen a los conductores.
¿Sabes a qué #velocidad real te denunciará un radar?
➡️Hasta 100 km/h, suma 7 km/h
➡️Por encima de 100 km/h, suma el 7%.
Recuerda, #LaCarreteraNoEsUnCircuito pic.twitter.com/yuSlYkBNvn
— Guardia Civil ?? (@guardiacivil) February 9, 2022
Los radares de tramo rige la llamada regla del 3: en una vía con un límite de hasta 100 km/h se permite un exceso de velocidad máximo de 3 km/h; si la limitación es superior, el margen de error se establece en un 3% sobre la velocidad autorizada.
Para los radares “en instalación móvil sobre vehículos” se aplica la regla del 7. Se permite rebasar la velocidad marcada en la vía en 7 km/h si está limitada a un máximo de 100 km/h, y un 7% si es superior. En el caso de los radares fijos, impera la regla del 5: cuando la velocidad máxima de la vía es inferior a 100 km/h se puede exceder en 5 km/h, mientras que si es superior, el posible rebase es de un 5%.
En España hay actualmente 2.460 radares, y los más habituales son los fijos (1.877 dispositivos). Les siguen, a mucha distancia, los de semáforo (391) y cierran el podio, los destinados a comprobar el uso del cinturón y el móvil (213). Las cifras que ofrece la DGT no coinciden en este último apartado, ya que Tráfico cita tres más, 216.