Según el Supremo, los consumidores tienen derecho a recuperar los gastos de notario, registro e impuestos asociados a la constitución de la hipoteca, y declara la nulidad, por abusiva, de la cláusula de atribución al cliente de todos los gastos del contrato.
Una sentencia pionera en Ponferrada dictada por el Juzgado de Primera Instancia nº 7 de Ponferrada ha concluido en declarar la nulidad de pleno derecho, por abusiva, y se tiene por no puesta parte de la Cláusula relativa a los gastos a cargo de la parte prestataria se condena a Abanca Corporación Bancaria SA a abonar al demandante los gastos de Registro de la Propiedad incrementada con los intereses legales desde que se pagó el citado gasto hasta el dictamen de la sentencia.
Según expone el despacho de abogados ponferradino, queda todavía la duda (por falta de consenso entre los tribunales menores) sobre quién debe soportar parte de estos gastos, específicamente los impuestos derivados de la constitución de hipoteca: impuesto sobre Actos Jurídicos Documentados. "¿Es el banco, como señala en su sentencia la Sala de lo Civil del TS, o es el prestatario?", se pregunta Salvatierra Abogados.